Autorizan la exportación de hasta 15 obras de arte por año y
por persona
La decisión
del Gobierno de reducir la burocracia estatal también comprende a las obras de
arte de autores nacionales, que podrán exportarse en hasta 15 piezas por año
bajo la modalidad de "equipaje de mano", sin la necesidad de realizar
trámites ante la AFIP o el Ministerio de Cultura como sucede en la actualidad.
Esta
resolución "es la respuesta a muchos pedidos que nos hacían dueños de
galerías de arte, y artistas, que no podían llevar sus obras a otros países, o
simplemente, no podían venderlas al exterior", señaló el ministro de
Producción, Francisco Cabrera, al anunciar esta tarde una serie de medidas que
tiene por objetivo reducir la burocracia en el Estado.
El
funcionario explicó que en la actualidad el movimiento internacional de obras
de arte desde el país "era sumamente engorroso", ya que se exigía no
solo el pedido ante el Ministerio de Cultura sino también trámites aduaneros
excesivos que solo podían hacerse en el Aeropuerto de Ezeiza, de manera
anticipada y en horarios restringidos.
Además,
artistas o galeristas debían recurrir a escribanos que certificaran las obras a
exportar y, pese a cumplir con ello, quedaban sujetos al arbitrio final de funcionarios
de la Aduana, que podían aprobar o no la operación.
También los
turistas compradores de arte argentino se veían forzados a dejar las obras en
el país e involucrar a despachantes, fletes y transportes internacionales.
"Por
todo esto, entre 2011 y 2015 las exportaciones argentinas de arte disminuyeron
73 por ciento, mientras que en el mundo aumentaron 48 por ciento", subrayó
Cabrera.
A partir del
Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicará mañana en el Boletín
Oficial "se podrán exportar hasta 15 obras de arte como equipaje
acompañado, sin mayor trámite que un Aviso de Exportación ante el Ministerio de
Cultura, o una licencia especial, en el caso de obras de autores muertos hace
más de cincuenta" , subrayó el ministro.
Además, la
nueva norma implica que el Estado dejará de tener la opción de compra para
obras de autores vivos o fallecidos dentro de los 50 años precedentes,
restringiendo de esta forma el plazo existente en la actualidad para manifestar
interés, concretar compras o completar los pagos correspondientes en lo que
respecta a obras de arte.